El Plan de Cremación como se presenta a los
deudos por las empresas o funerarias que prestan
este tipo de servicios, está conformado por:
El servicio funerario y La cremación.
En cada uno hay posibilidades de combinar
elementos a elección de los deudos o contratante,
lo que determinara el precio final y la
aceptación de los mismos.
El servicio funerario, con una atención
de acuerdo a los elementos que hayan elegido los
deudos o contratante; entre estos tenemos:
- Ataúd de alquiler, tipo y modelo.
- Capilla para velación
- Carroza funeraria
- Vehículo porta flores
- Inscripción de defunción ante Reniec (acompañando
a familiar)
Servicios adicionales como:
- Salón velatorio,
- Vehículo(s) de acompañamiento al féretro.
- Aviso en un diario local,
- Cargadores uniformados
- Esquelas, aparatos florales, etc.
En este proceso, la agencia funeraria
seleccionada deberá cumplir con todo lo acordado.
La atención se da dentro de las primeras
veinticuatro horas del fallecimiento
La cremación, se lleva a cabo en el lugar
de cremación elegido, después de las
veinticuatro y antes de las cuarenta y ocho
horas del fallecimiento.
La ceremonia en este lugar comprende:
- Responso de despedida según culto o creencia
del fallecido o deudos.
- Incineración de cuerpo
- Certificado de cremación
- Urna con cenizas funerarias, que previamente
haya entregado la funeraria o la familia.
Tanto en el Servicio Funerario como en la
Cremación, usted debe tener todas las
facilidades del caso para los trámites desde la
inscripción del fallecimiento, como de las
autorizaciones ante la respectiva Dirección de
salud.
Respecto a los pagos por el Plan de Cremación,
tenga en cuenta si va a solicitar reembolso en
alguna entidad donde le solicitaran Boleta de
Venta o si le van a requerir factura como
documento cancelatorio por el servicio.
Recuerde que hay Planes anticipados para estos
servicios que les pueden resultar más económicos,
con alternativas de elección y facilidades de
pago para cada caso.
Para la atención de trabajadores de empresas o
instituciones se puede establecer convenios de
atención con cargo a coberturas de ESSALUD, AFP
o del Seguro VIDA LEY, las coberturas en cada
caso son variables.
Existen otras alternativas en empresas de
seguros o Fondos previsionales con montos de
coberturas previamente establecidas.
Si desea, puede contactar con algunos de los
proveedores que aparecen en nuestra relación y
evaluar la mejor decisión.
|